viernes 19 de abril de 2024 - Edición Nº3859
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El gobierno juega con fuego al achatar la pirámide salarial de las jubilaciones

*Por Jorge Joury.- El gobierno ya afinó la punta del lápiz para achatar la pirámide salarial del sector pasivo. De esta manera, el mes próximo, las jubilaciones y pensiones del sistema general que gestiona la Anses podrían tener aumentos de entre el 4,2% y el 11,9%. De aplicarse esa fórmula, el haber mínimo que cobran 2,8 millones de pasivos (sobre un total de 5,7 millones) pasaría de $14.068 a $15.740, un monto muy similar al que habría resultado en caso de aplicarse la fórmula de movilidad aprobada a fines de 2017, que quedó suspendida por la ley de emergencia.


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Jorge Joury
En cambio, todos los jubilados que hoy cobran más que la mínima (más de 2 millones) y que aportaron mucho más durante su vida activa, están condenados a igualar hacia abajo. En esa dirección. recibirían un incremento inferior al que habrían percibido en caso de no existir esa suspensión. Y, de esa manera, las recomposiciones quedarían para muchos por debajo no solamente del porcentaje que preveía la movilidad vigente hasta 2019, sino también de la inflación, que, para el trimestre ahora en curso, se estima que estaría entre el 10% y el 11%.
Por lo que ha trascendido, la suba que estudia concretar el Gobierno, implica aplicar, sobre los valores de los haberes actuales, un 3%. Y, al resultado, sumar un monto fijo de $1250. Un ingreso actual de $20.000, por ejemplo, tendría con esa modalidad de recomposición una suba de $1850, que significaría, en términos de porcentaje, un 9,25%. Para un haber de $40.000, en tanto, habría una suba nominal de 6,12%, ya que se pasaría a un ingreso mensual de $42.450.
PRONOSTICAN UNA OLA DE JUICIOS
En el caso del haber máximo que reconoce el sistema de la Anses, hoy de $103.064,23, el aumento aplicado de la manera ya mencionada llevaría el monto a $107.406,16, y eso representaría un 4,21% más.
Para los expertos previsionales, con estas desigualdades se avecina una catarata de juicios. “ Va haber un aumento general por debajo de 11% y después sumas como en diciembre y enero a partir hasta quienes cobren un monto a definir”, afirmó el abogado Adrián Tróccoli, quien advirtió que ese mecanismo no inhabilitaría las demandas judiciales. “Si a junio, el aumento está por debajo de 20%, los juicios van a empezar. Sobre todo de aquellas jubilaciones más altas, que tendrán el mayor atraso”, explicó.
En esa línea, otros especialistas opinan que el hecho de que el aumento sea discrecional le otorga la facultad al Presidente de “dar más aumento a los de la jubilación mínima y menos a quienes cobran la media o la máxima”. Y aclaró: “Si eso pasa, se puede generar inequidad con el que aportó toda la vida. Puede provocar que vaya a la Justicia y se genere una ola de litigiosidades. Puede desembocar en algo similar al fallo Badaro: eso es la consecuencia de una política donde prima la discrecionalidad. Si eso pasa, existirán las condiciones para reclamar”.
"La movilidad solo tiene por finalidad mantener el valor del haber inicial frente al aumento del costo de vida o a la evolución de los salarios, siempre que ese valor inicial se haya calculado correctamente", afirmó la abogada previsionalista Elsa Rodríguez Romero. Siguiendo ese razonamiento, dijo que el ajuste "debe ser uniforme para todos, sin perjuicio de que se fije una mecánica de reajustes de los haberes bajos para llevarlos a valores razonables y no como los actuales, que son absolutamente insuficientes". Es decir, debería procurarse la mejora de los ingresos bajos, pero no a través de afectar negativamente el poder adquisitivo del resto.
LAS LEYES NO PUEDEN TENER EFECTO RETROACTIVO
La especialista en derecho previsional Andrea Falcone sostiene que "el primer punto que explica por qué ningún jubilado de Anses debería cobrar menos del 11,56% en marzo es que las leyes no pueden tener efecto retroactivo si afectan derechos amparados constitucionalmente. La regla general es que las leyes se aplican a partir de su entrada en vigencia, no pudiendo tener efecto retroactivo, especialmente si afectan derechos amparados constitucionalmente. El jurista Bidart Campos ha aclarado oportunamente “la inconstitucionalidad de alguna ley retroactiva no surge por la retroactividad misma, sino porque esa condición afecta un derecho anteriormente incorporado al patrimonio”.
La profesional añadió que "cualquier jubilado que en marzo reciba menos del 11,56% de aumento ya devengado podrá solicitar la inconstitucionalidad de la suspensión".  
El foco del problema se concentraría en el 25% de las jubilaciones, aquellas que superan los dos haberes mínimos ($28.136). Sin embargo, aun cuando no perciban el “adicional” anunciado por el Presidente ni un ajuste similar a la inflación, es probable que las jubilaciones entre $30.000 y $50.000 sufran un perjuicio relativamente menor que no justifique el desgaste de las acciones legales. A partir de esos montos, la situación cambia. De hecho, Tróccoli apunta que ya existen reclamos iniciados y otros que están a la espera del futuro decreto, puntualmente en haberes a partir de los $100.000.
Por la modalidad de aumentos que quedó suspendida por ley, en principio por 180 días desde fines de 2019, todos los jubilados y pensionados de la Anses debían percibir en marzo un aumento de 11,6%. Ese número es el resultado de la fórmula aprobada por la reforma legal de 2017, que disponía sumar el 70% de la inflación trimestral de un período determinado más el 30% de la evolución que en el mismo lapso habían tenido los salarios formales de la economía, según un índice llamado Ripte. Los datos considerados, para el caso de la suba del mes próximo, eran los del tercer trimestre el año pasado.
MACRI VACIO EL FONDO DEL ANSES
La determinación oficial de suspender esa fórmula y lograr para el Poder Ejecutivo las facultades (aprobadas de hecho por el Congreso) para dar subas de manera discrecional, está enmarcada en una política que se propone recortar el déficit fiscal, a través de la desindexación de una parte importante del gasto público. La modalidad que se adoptaría conllevaría un ahorro de 100 mil millones de pesos respecto de lo que se les tendría que haber dado a los jubilados sin suspensión de la fórmula.
La justificación de la Casa Rosada es que durante los cuatro años de gobierno de Mauricio Macri el FGS pasó de tener un capital equivalente a 67.000 millones de dólares a uno de 22.000 millones de dólares, debido al desfinanciamiento por baja de impuestos y el uso de reservas para financiar liquidez de las cuentas del Tesoro a través de inversiones en bonos de corto plazo que terminaron siendo renegociados por la misma administración.
El Fondo de Garantía de Sustentabilidad (FGS) de la Anses además registró una pérdida del 23,2% de su valor medido en dólares y del 14,2% valuado en pesos en términos reales durante los primeros nueve meses de 2019, según un informe publicado por el organismo previsional correspondiente al tercer trimestre del año pasado.
Las causas de la caída residen en la fuerte baja de los títulos públicos en los que está invertido el Fondo, el “reperfilamiento” decidido sobre parte de ellos, la caída del valor de las participaciones accionarias y la fuerte devaluación del peso.  
También hay que decir que por la fórmula de movilidad, que preveía ajustes trimestrales, se actualizaban no solo las jubilaciones, sino también las pensiones no contributivas, la Asignación Universal por Hijo (AUH) y los cobros por hijos a cargo de asalariados y monotributistas. Con respecto a estas dos últimas variables, aún está pendiente de definirse cuál será la modalidad de la suba, pero, según fuentes del Gobierno, también se otorgará el mes próximo.
EL DEFENSOR DE LA TERCERA EDAD ALERTA
 La situación de aumentos inferiores afectaría a más de la mitad de los jubilados y pensionados, y el defensor de la Tercera Edad de la ciudad de Buenos Aires, Eugenio Semino, anticipó su decisión de presentar un reclamo, algo que tiene previsto hacer (más allá de las demandas individuales que se concreten) una vez que se oficialice la manera en que se segmentarán las subas.
Los ajustes periódicos a las jubilaciones según los resultados de una fórmula fueron dispuestos por ley y tuvieron vigencia a partir de 2009. La aprobación de la primera normativa sobre el tema llegó unos años después de que la Corte Suprema de Justicia les ordenó a los poderes Ejecutivo y Legislativo que se dictara una medida sobre el tema. Fue cuando los jueces declararon inconstitucional la política tomada entre 2002 y 2006, que consistió en aumentar solamente la jubilación mínima y permitir que quienes cobraban más fueran acumulando pérdidas de poder adquisitivo. Los funcionarios actuales tuvieron en cuenta ese antecedente y la posibilidad de que se disparen demandas judiciales.
Pero la decisión de segmentar los aumentos, provocando un achatamiento de la pirámide de ingresos-aun en un escenario de pérdida de poder adquisitivo-, ya está tomada. Y una de los argumentos que se usaría eventualmente en defensa de esa medida, es que se da en el marco de una "emergencia previsional", declarada en la misma ley que dispuso la suspensión de la fórmula.
La situación económica actual no es justificación legal suficiente para afectar derechos adquiridos. No hay crisis económica que pueda legalmente sostener una confiscación en haberes jubilatorios. El famoso fallo Badaro es resultado de medidas que se tomaron cuando se salía de una de las crisis más grandes de la historia, en el 2001.  
Frente a este cuadro de situación, el gobierno juega con fuego. Habrá que ver si la litigiosidad toma la dimensión de una ola, como para evaluar el impacto que tendrá en los fondos del ANSES. De todas maneras, en estos esquemas de ajuste, siempre afloran las inequidades. Sería bueno que alguna vez las tijeras corten por otro lado y que no sean los jubilados los que siempre paguen los platos rotos..
 

*Jorge Joury es licenciado en Ciencias de la Información, graduado en la UNLP y analista político. Para consultar su blogs, dirigirse al sitio: Jorge Joury De Tapas.      

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