miércoles 24 de abril de 2024 - Edición Nº3864
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Alquileres y desalojos seguirán congelados hasta el 31 de marzo

La nueva resolución, será publicada en el Boletín Oficial la próxima semana y en ella se establecerá también la extensión de los contratos de locación cuyos vencimientos hayan operado desde el 20 de marzo pasado en adelante.


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El Gobierno nacional decidió extender hasta el 31 de marzo próximo el
congelamiento de los alquileres y la suspensión de los desalojos, informaron fuentes
oficiales.
La medida, tomada en los primeros meses de la pandemia y que vencía el próximo 31 de
enero, comprende a los inmuebles destinados a vivienda única y que se encuentren
ocupados.
La nueva resolución, será publicada en el Boletín Oficial la próxima semana y en ella se
establecerá también la extensión de los contratos de locación cuyos vencimientos hayan
operado desde el 20 de marzo pasado en adelante.
De este modo, no podrán aplicarse intereses ni otras penalidades previstas en el
contrato, tanto para el pago de la diferencia entre la cuota que hubiere debido abonarse
según las prescripciones contractuales y la que efectivamente deberá pagarse por la
medida, como para el pago de deudas.
La prórroga del congelamiento de alquileres y la suspensión de desalojos fue solicitado
por distintas asociaciones que nuclean a inquilinos, los que en algunos casos pidieron
incluso que la prórroga vaya más allá de los dos meses fijados por el Gobierno en esta
oportunidad.
La contraparte, que representa a los dueños de los inmuebles y está conformada por las
cámaras inmobiliarias y los colegios de martilleros, explicitaron su desacuerdo con la
extensión.
Esta será la tercera oportunidad en la que el Gobierno extiende los plazos de
vencimiento del congelamiento de alquileres, suspensión de desalojos y prórroga de
contratos.
El primer decreto -320/2020- fue publicado en el Boletín Oficial el 11 de marzo de
2020, antes incluso de que se decretarán las medidas de aislamiento, con vencimiento
previsto para el 30 de septiembre.
Antes de que opere el final de ese plazo, a través del decreto 766/2020, el Poder
Ejecutivo nuevamente prorrogó el vencimiento, en este caso hasta el 31 de enero.
Ahora, cuando apenas restan diez días para que venza esa prórroga, el Gobierno
oficializa nuevamente la decisión de extenderlo hasta el 31 de marzo próximo.
Los contratos de locación de inmuebles alcanzados por el decreto son los destinados a
vivienda única urbana o rural; habitaciones en pensiones, hoteles o alojamientos
similares; los destinados a actividades culturales y/o comunitarias; los rurales
destinados a pequeñas producciones familiares y pequeñas producciones agropecuarias.
También están incluidos los alquilados por monotributistas, destinados a la prestación
de servicios, al comercio o a la industria; por las MiPyMES, destinados a la prestación
de servicios, al comercio o a la industria; por las Cooperativas de Trabajo o Empresas
Recuperadas inscriptas en el Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social y por los por profesionales autónomos para el ejercicio de su profesión.
Los decretos no suspenden el pago de alquileres, sino que aquellos que no pudieran
abonarlo acumularán la deuda y se les podrán aplicar intereses compensatorios, pero no
intereses punitorios ni moratorios, ni ninguna otra penalidad.
Desde el Consejo Profesional Inmobiliario -en un informe dado a conocer a principios
de semana- señalaron que el 90 por ciento de los inquilinos que residen en la Ciudad de
Buenos Aires abonaron el alquiler en diciembre en tiempo y forma, buscando demostrar
que la extensión es innecesaria.
En tanto, una encuesta realizada por la Federación de Inquilinos Nacional reflejó que en
diciembre, el 40% de los inquilinos registra algún tipo de deuda en el pago del alquiler.
Por otra parte, un relevamiento de Zonaprop indicó que con la nueva Ley de Alquileres
los precios aumentaron un 62% interanual y la oferta se contrajo.
El congelamiento de alquileres fue una de las medidas económicas que se tomaron el

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