miércoles 17 de abril de 2024 - Edición Nº3857
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Fallo: los 5.000 empleos que Macri acordó con Mc Donald`s es trabajo precarizado

“No podemos permitir que un joven en este país cobre por debajo del salario mínimo, vital y móvil”, se expresó, en tanto, desde la CTA.


La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo ordenó avanzar con el pedido de nulidad del acuerdo entre el Ministerio de Trabajo y Arcos Dorados Sociedad Anónima. El requerimiento fue presentado por las diputadas nacionales Araceli Ferreyra, Silvia Horne y Lucila De Ponti junto al secretario de Juventud de la CTA, Matías Zalduendo.

Los denunciantes consideraron que el convenio firmado es "violatorio del orden público laboral, así como del derecho internacional y la propia Constitución Nacional”. En tanto, el abogado interviniente en la causa y miembro del OPPLeC definió como “una sentencia que nos permite discutir con las contrapartes la posibilidad de favorecer a grupos de trabajadores desocupados sin necesidad de precarizarlos".

Por su parte, la diputada Nacional De Ponti valoró el fallo manifestando que "es un avance a la altura de la difícil situación que hoy vive el movimiento obrero en la Argentina, ya que negar el acceso a la Justicia y por ende la posibilidad de parar un convenio que sin ningún lugar a dudas precariza y flexibiliza a miles de trabajadores, sería un irreparable error institucional”.

Frente a la sentencia de la Cámara Nacional del Trabajo, donde se reconoce que “se hallan en juego derechos de incidencia colectiva en general” así como afirma que están “en juego derechos de jóvenes en situación de vulnerabilidad en el Convenio de Cooperación cuestionado”, el secretario de Juventud de la CTA Matías Zalduendo manifestó: “No podemos permitir que un joven en este país cobre por debajo del salario mínimo, vital y móvil”.

El convenio firmado el día 13 de mayo de este año entre el Ministerio y la empresa establece que esta última -que actualmente cuenta con 16.809 trabajadores en relación de dependencia- incorporará a 5.000 nuevos empleados bajo la forma de practicantes “con posibilidad de progreso”. Los mismos recibirán una remuneración de 4500 pesos, siendo ese valor inferior al salario Mínimo, Vital y Móvil.

Según el abogado interviniente, del mismo convenio se desprende que "los trabajadores podrán estar contratados conforme a esta figura en reiteradas oportunidades, durante las cuales no tendrán recibo de sueldo, no se le harán aportes, no se abonará sueldo anual complementario, tampoco los recargos por la prestación de tareas durante días feriados y fines de semana ni la diferencia salarial conforme a la categoría del trabajador según la tarea específica desempeñada".

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