lunes 29 de abril de 2024 - Edición Nº3869
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Para reducir la cantidad de empleados públicos, Vidal ofrece un plan de retiros voluntarios

No alcanza a la Policía ni el Servicio Penitenciario. Se pagará en hasta 30 El cuotas. El decreto completo y el cálculo de las indemizaciones.


 

La gobernadora María Eugenia Vidal fue la primera en mostrar su buena voluntad con el Fondo Monetario Internacional (FMI): como trascendió este jueves, la mandataria ofrecerá retiros voluntarios a los empleados públicos boanerenses.

Vidal definiría esta semana una serie de medidas tendientes a recortar gastos en las cuentas de la Provincia, en línea con el reclamo de la Casa Rosada a los gobernadores para acompañar la reducción del gasto público y achicar el déficit fiscal, tal como exigirá el FMI para otorgar el crédito stand by que la administración nacional gestiona para reemplazar el financiamiento externo, que se cortó este año.

El decreto firmado este jueves por la gobernadora, que será publicado en las próximas horas en el Boletín Oficial y al que accedió Letra P, establece que el retiro voluntario estará disponible para todos los agentes de planta permanente de la administración provincial, con las excepciones de los agentes de la Policía y el Servicio Penitenciario.

En el gobierno provincial resaltan el carácter voluntario del plan y señalaron que no habrá despidos de agentes de la administración pública. "Si nadie quiere acceder al régimen, entonces nadie se va. No hay obligación", explicó una alta fuente provincial .En ese mismo sentido estimó que el programa no tendrá impacto inmediato en la planta de personal, aunque se espera que sí resulte efectivo en términos de la reducción de la planta en el mediano plazo.

El decreto establece que “todos los agentes que revisten en las Plantas Permanentes con Estabilidad del Poder Ejecutivo Provincial, Organismos de la Administración Centralizada, Desconcentrada y Descentralizada, con las excepciones indicadas en el artículo siguiente, podrán optar por el régimen de retiro voluntario, adhiriendo a los Programas que se implementen con sujeción a las disposiciones establecidas en el presente”.

En el artículo 2, aclara que “no estarán comprendidos en los Programas de Retiro Voluntario el personal que reviste en los Regímenes de Policía Provincial -Ley 13.482-, Servicio Penitenciario BonaerenseDecreto- Ley 9.578/80-y Salud Penitenciaria Decreto -N° 950/05”.

En el artículo 3, el decreto especifica que “podrán optar por el retiro voluntario todos aquellos agentes” de planta permanente que, “a la fecha de entrada en vigencia del presente, registren una antigüedad de DOS (2) años o más e inferior a los VEINTICUATRO (24) años en la Administración Pública y le faltaren más de CINCO (5) años para acceder a un beneficio jubilatorio”

“La Administración podrá denegar la solicitud cuando, a su juicio, el retiro del agente afectare el regular funcionamiento del área o el sector en que se desempeñe. El plazo para adherir al Programa de Retiro será de seis (6) meses contados a partir la entrada en vigencia del presente decreto”, indica.

En tato, las cuotas a percibir en el momento del cese se calcularán y abonarán “en base a la remuneración mensual normal y habitual bruta de cada agente y para las restantes se tomará como base la remuneración mensual normal y habitual neta percibida por cada agente luego de efectuadas las deducciones legales”, consigna el decreto y establece que, para el cálculo de la indemnización, se deberá tomar “la mejor remuneración mensual normal y habitual percibida por el agente en los SEIS (6) meses anteriores al acto administrativo que dispone la aceptación del retiro, incluyendo todos los conceptos de pago mensual, adicionales, bonificaciones y sumas no remunerativas”, aunque “se excluyen las sumas percibidas en concepto de viáticos, horas extras, sueldo anual complementario, así como todo concepto de frecuencia de pago no mensual”.

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