jueves 25 de abril de 2024 - Edición Nº3865
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Aseguran que por un fallo judicial podría cerrar el Diario Popular

Es una regulación de honorarios por un juicio laboral- Los valores actualizados elevan el reclamo a 1.800.000 dólares. La angustia de 260 familias.


Las actividades de la firma están en riesgo por un polémico fallo dictado en una demanda que inició un abogado particular por el cobro de honorarios.

"El monto al que se llega es totalmente desproporcionado", sostuvo el letrado, Damián Jakim quien, además, resaltó que, de convalidarse la disposición judicial, el medio puede desaparecer.

En el momento de explicar el conflicto que pone en vilo la continuidad de la empresa editora, Jakim sostuvo durante un reportaje en el noticiero televisivo Telenueve: "es por una repotenciación de una deuda que el diario tiene que honrar. Porque la reconoce, pero el monto al que se llega es totalmente desproporcionado" y, luego, siguió: "es por honorarios que, por una sentencia, fueron regulados en una suma equivalente a una determinada cantidad de dólares y fijando una tasa de interés llamativamente en pesos".

 En 2011, el letrado José Carlos Arcagni demandó a Impreba y a sus accionistas Jorge Eduardo Fascetto e Isabel Stunz de Fascetto. El abogado reclamó el cobro de honorarios profesionales extrajudiciales por su participación en un acuerdo de permuta de acciones celebrado en octubre de 2009. En esa oportunidad, Fascetto y su esposa -que eran accionistas en varias sociedades comerciales propietarias de distintos medios de prensa- cedieron su participación en esas firmas y a cambio se quedaron con el 100 por ciento del paquete accionario de la editora de Diario Popular.

 En la demanda, Arcagni estimó el monto de su reclamo en 500.000 pesos que, de acuerdo con la cotización de esa fecha, equivalían a 116.000 dólares.

 En la sentencia de primera instancia, el juez tomó como base para regular los honorarios reclamados el valor de Impreba que estimó en más de 57 millones y medio de dólares, muy por encima del real que tiene la firma.

Además, la permuta de acciones no había implicado una mejora en la participación accionaria de los demandados porque sólo fue una redistribución de acciones en los que una parte que integraba el grupo empresarial se quedó con una firma y el otro miembro con el resto de las compañías. Es así que el magistrado de primera instancia, desconociendo el pago a cuenta que ya había recibido el abogado que interpuso la demanda y que la legislación vigente establece que los honorarios profesionales se deben regular en pesos, condenó a los dueños de Diario Popular a pagar un USD 1.800.000 a Arcagni. Pero no sólo eso: ordenó que para calcular los intereses a fin de actualizar el monto debía aplicarse la tasa activa del Banco de la Nación.

 La Sala J de la Cámara Civil confirmó el fallo en cuanto al monto de la condena, o sea USD 1.800.000, cuando legalmente correspondía hacerlo en pesos. Lo único que modificó fue la tasa de interés a aplicar estableciendo la tasa pasiva del Banco Nación. Vale destacar que estos índices de actualización se utilizan para montos expresados en pesos no en dólares. Huelga aclarar que la divisa estadounidense tiene una estabilidad que no goza la moneda nacional.

 Pese a que la legislación sólo admite regulaciones en pesos, el abogado reclamante practicó una liquidación en dólares y aplicando la tasa que se usa para actualizar deudas en pesos. De esta forma llegó a la cifra de casi 6 millones de dólares. Además, solicitó que se traben embargos sobre las cuentas bancarias de la editora de Diario Popular.

 Los letrados de Impreba pidieron a la nueva jueza que entiende en el expediente que no efectivice la cautelar. En su escrito, explicaron que tal medida significaría la inmediata paralización de la empresa y su eventual quiebra, "con la gravedad institucional que significa la desaparición de un medio de prensa que además de cumplir una evidente función social y republicana sirve de fuente de ingreso directo a más de 260 familias cuyos ingresos dependen del diario".

 La magistrada hizo lugar a la solicitud de no efectivizar los embargos, dispuso que la deuda debía transformarse pesos a la cotización de la fecha en que se interpuso la demanda y a partir de allí actualizar el monto aplicando la tasa pasiva que informa el BCRA y tomando en cuenta el pago a cuenta que recibió el abogado demandante.

 Arcagni apeló esa decisión a la Cámara, que ahora deberá decidir si convalida su pretensión de liquidar la deuda en dólares más los intereses a la tasa que pagan los bancos para colocaciones en pesos y de embargar las cuentas con las que la empresa que edita Diario Popular le paga a los proveedores y a sus empleados. Desde Impreba alertaron que si el tribunal hace lugar al pedido de Arcagni condenaría a la editora a la quiebra con la consecuencia de la pérdida de los puestos de trabajo. Además, el cierre del reconocido medio periodístico implicaría una grave afectación a la libertad de prensa, garantizada por la Constitución Nacional.

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