Vuelta a la oficina: ya rige la presencialidad plena para trabajadores estatales
Los trabajadores de la administración pública regresaron a partir de este lunes a la presencialidad plena, de acuerdo con el decreto del Gobierno nacional que estableció como fecha límite el 1 de mayo para poner fin a la modalidad de trabajo remoto, tras haber superado la etapa crítica de la pandemia de coronavirus
A poco más de dos años de la irrupción de la Covid-19 en el país, perdieron desde ayer su vigencia los Decretos de Necesidad y Urgencia (DNU) que establecieron mecanismos laborales virtuales como parte de las medidas de cuidado dispuestas para frenar los contagios en el país.
"Cada jurisdicción, organismo y entidad de la administración pública nacional (...) deberá disponer el retorno a la modalidad de prestación de servicios que era habitual en forma previa a la vigencia del Decreto 260 del 12 de marzo de 2020 y sus modificatorios", resolvió la Secretaría de Gestión y Empleo Público de la Jefatura de Gabinete, a través de la Resolución 58/2022, publicada el mes pasado en el Boletín Oficial.
Los exceptuados a prestar servicios de manera presencial son, por un lado, las personas con inmunodeficiencias congénita, asplenia funcional o anatómica, anemia drepanocítica y desnutrición grave, con VIH (dependiendo del status) y pacientes que tomen medicación inmunosupresora o corticoides en altas dosis. En este grupo también figuran los pacientes oncológicos y trasplantados: con enfermedad oncohematológica hasta seis meses posteriores a la remisión completa, con tumor de órgano sólido en tratamiento y los trasplantados de órganos sólidos o de precursores hematopoyéticos.
Además, según los parámetros del Ministerio de Salud, "aquellos trabajadores que tengan diagnóstico de Covid-19, que no hayan requerido internación, podrán reincorporarse a sus lugares de trabajo sin necesidad de presentar resultado de test negativo ni certificado de alta".
Con todo, la resolución que empezó a implementarse advierte que "aquellos trabajadores que no cumplan con la modalidad de servicios exigible serán pasibles de las sanciones que correspondan de conformidad con el régimen disciplinario aplicable".