viernes 26 de abril de 2024 - Edición Nº3866
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Por un auto de $300 mil se pagarán $1.500: aplicarán en La Plata una tasa por transferencia automotor

La Municipalidad creará una nueva Tasa por Seguridad Vial y Señalética que deberán pagar aquellos propietarios de autos en el momento en que los registren. Lo que se recaude bajo ese concepto será destinado al mantenimiento de redes pluviales, bacheo, incorporación de reductores de velocidad, sendas peatonales, accesos especiales y a la señalética vial.


TAGS: MUNICIPAL, AUTOS, TASA

“Se establece una tasa del cinco por mil (5%) sobre el valor de venta de cada vehículo automotor que se registre en el Partido de La Plata” indicaron fuentes del Comuna que agregaron que una “estimación conservadora” arroja una recaudación para 2020 del orden de los $60 millones.

a creación de la nueva tasa está en el artículo 44º del proyecto de Ordenanza Impositiva, donde se establece el porcentual, y en los artículos 27º a 281º de la Ordenanza Fiscal que fija sus características. Ambas normas ingresaron este lunes al Concejo Deliberante y serán tratadas antes de fin de año por el Concejo Deliberante y la Asamblea de Mayores Contribuyentes para que entren en vigencia desde el 1º de enero.

En el primero se dispone que “por la presente se abonará un cinco por mil (5‰) sobre el valor de venta de cada vehículo automotor que se registre en la ciudad de La Plata”.

En el segundo se dispone el destino al “mantenimiento de redes pluviales, bacheo, incorporación de reductores de velocidad, sendas peatonales, accesos especiales y la señalética vial”.

La base imponible de la nueva tasa estará determinada por el valor de venta del vehículo automotor. Un ejemplo: el registro de un vehículo vendido en 300 mil pesos implicará una Tasa por Seguridad Vial y Señalética de 1.500 pesos que se sumarán a los gastos ya contemplados en la transferencia de los vehículos.Serán contribuyentes de la Tasa por Seguridad Vial y Señalética quienes registren un vehículo automotor en el Partido de La Plata. Y a los fines de la implementación de este tributo, la autoridad de aplicación deberá emitir las normas reglamentarias e interpretativas que fueren necesarias, con facultad para celebrar convenios con terceros, por ejemplo con los Registros del Automotor para que sean agentes de retención.

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