jueves 25 de abril de 2024 - Edición Nº3865
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Revuelo entre los empresarios platenses al enterarse que el Pata Medina recibió el beneficio de la prisión domiciliaria

Por Horacio del Campo. -Va a residir en Punta Lara. Tendrá prohibido dejar la casa de Villa del Plata que podría ser centro de concentración de sus adherentes.


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Levantó olas en el empresariado platense y rápidamente corrió como reguero de pólvora, la noticia de la prisión domiciliaria que la justicia le otorgó al  ex secretario general de la UOCRA, Juan Pablo "Pata" Medina. La Cámara Federal dispuso en las últimas horas que el dirigente sindical siga privado de la libertad, pero en su domicilio de la vecina localidad de Punta Lara. Como se sabe, Medina fue detenido en medio de un espectacular operativo en 2017. Fue por orden del juez federal Luis Armella, de Quilmes.  En aquella oportunidad fue acusado de aprietes y extorsión al Estado nacional. Su detención fue emblemática y hasta tuvo perfiles cinematográficos. El entonces titular de la UOCRA La Plata, desde el balcón del edificio de la sede gremial  de la calle 44 entre 4 y 5, salió con un megáfono a arengar a sus afiliados y a desafiar a quien era la gobernadora, María Eugenia Vidal con una rebelión popular. 
Sobre Vidal, Medina había dicho que había mantenido una reunión con ella en 2016, y que la propia mandataria lo había felicitado ante sus ministros. El "Pata", que estaba en el penal de Ezeiza por razones de salud, fue también acusado de condicionar a las empresas constructoras y de obligarlas a contratar un catering realizado por firmas que pertenecían a su familia. 
Los antecedentes violentos del gremialista que hasta le pegó a una mujer policía, siempre ganaron espacio en los medios  En diciembre, fue excarcelado en una causa, pero le quedaban otras y por eso recién ahora, que lo resolvió la Cámara Federal de La Plata, Medina podrá seguir privado de su libertad pero en su casa.  
Su salida de la cárcel ocurre justo en momentos en que la cúpula del gobierno nacional cuestiona el accionar de la justicia durante el macrismo, y sobre todo, las prisiones preventivas. 
De hecho, un grupo de senadoras nacionales del Frente de Todos presentó un proyecto para anular las prisiones preventivas, algo que generó polémica.  El fallo completo: El Pata Medina había amenazado con prender fuego la provincia si lo detenían, pocas horas antes de que se lo llevaran las fuerzas de seguridad. Gran parte de su familia también fue privada de la libertad: muchos de ellos formaban parte de las empresas del sindicalista o estaban acusados de participar de extorsiones o aprietes. 
Por disposición judicial, Medina va a residir en la casa ubicada en calle 60 entre 9 bis y 11 de Punta Lara, con control de monitoreo electrónico y vigilancia a cargo de la Gendarmería Nacional. La misma medida de arresto domiciliario alcanzó al cuñado, David Emiliano García.
En ambos casos se indicaron una serie de restricciones a saber:
1.- La promesa del imputado de someterse al procedimiento y de no obstaculizar la investigación.
2.- La obligación de someterse al cuidado o vigilancia de una persona o institución determinada, en las condiciones que se le fijen.
3.- La obligación de presentarse periódicamente ante el juez o ante la autoridad que él designe.
4. La prohibición de salir sin autorización previa del ámbito territorial que se determine;
5. La retención de documentos de viaje.
6.- La prohibición de concurrir a determinadas reuniones, de visitar ciertos lugares, de comunicarse o acercarse a determinadas personas, siempre que no se afecte el derecho de defensa.
7.- El abandono inmediato del domicilio, si se tratara de hechos de violencia doméstica y la víctima conviviera con el imputado.
8.-. La prestación por sí o por un tercero de una caución real o personal adecuada, que podrá ser voluntariamente suplida por la contratación de un seguro de caución, a satisfacción del juez;
9.-. La vigilancia del imputado mediante algún dispositivo electrónico de rastreo o posicionamiento de su ubicación física;
10.-j El arresto en su propio domicilio o en el de otra persona, sin vigilancia o con la que el juez disponga;
11.-. La prisión preventiva, en caso de que las medidas anteriores no fueren suficientes para asegurar los fines indicados.
En tanto, desde la defensa anticiparon que pidieron la ex carcelación plena de Medina ante la sala de Casación Federal.
 
 
 

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