La iniciativa contó con 133 votos a favor, del Frente de Todos y bloques provinciales; 115 en contra, de Juntos por el Cambio, y 2 abstenciones de la Izquierda. La discusión ahora pasó al Senado.
Los interbloques Federal y Unidad Federal para el Desarrollo acompañaron en su gran mayoría, excepto Graciela Camaño, de Consenso Federal, mientras que Juntos por el Cambio, salvo los radicales jujeños Gabriela Burgos y Jorge Rizzotti, se opuso. También Alma Sapag (Movimiento Popular Neuquino), una aliada habitual del Frente de Todos, rechazó el Aporte Extraordinario. El Frente de Izquierda, como había anticipado, se abstuvo.
El proyecto de Aporte Solidario y Extraordinario alcanzaría a menos de 10 mil personas, según la AFIP, es decir 0,8% del total de los contribuyentes que presentaron declaración jurada de bienes personales.
La recaudación se destinará a comprar equipamiento de salud para atender la pandemia, apoyar a las PyMEs con subsidios y créditos, urbanizar los barrios populares con obras que empleen a vecinos de cada barrio, hacer obras y equipar a YPF para producir y envasar gas natural y financiar un relanzamiento del plan Progresar para que jóvenes puedan seguir estudiando.
COMO SE REPARTIRÁ
Hay un 20% que estará destinado a comprar o elaborar equipo médico, elementos de protección, medicamentos, vacunas e insumos para asistencia sanitaria.
- Un 20% para subsidiar a micro, pequeñas y medianas compañías, “con el principal objetivo de sostener el empleo y las remuneraciones de sus trabajadores”.
- Otro 20% para el programa de becas educativas Progresar, destinadas a estudiantes de todos los niveles.
- Se destinará un 15% para el Fondo de Integración Sociourbana, con el objetivo de mejorar la calidad de vida en barrios populares.
- Un 25% irá a programas de exploración, desarrollo y producción de gas natural mediante Integración Energética Argentina S.A., “la cual viabilizará dichos proyectos proponiendo y acordando con YPF S.A., en forma exclusiva, las distintas modalidades de ejecución de los proyectos”.
Aplicación
El órgano de ejecución del Aporte Extraordinario será la AFIP, de modo que dispondrá las normas complementarias con los plazos, formas de ingreso, presentación de declaraciones juradas y otros aspectos vinculados.
Si en los 180 días inmediatos previos a la fecha de entrada en vigencia del Aporte Extraordinario la AFIP detecta variaciones en los bienes alcanzados “que hicieran presumir, salvo prueba en contrario, una operación que configure un ardid evasivo o esté destinada a eludir su pago”, podrá disponer que los que queden gra