viernes 26 de abril de 2024 - Edición Nº3866
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Machirulo adentro: un juez consideró que si fue capaz de amenazarla delante de la policía, debe seguir preso

El magistrtado entendió que poco costaría imaginar el peligro al que quedaría expuesta la víctimas si el agresor era puesto en libertad.


Un juez de La Plata decidió convertir en detención, la simple aprehensión de un hombre
acusado de lesiones leves contra su pareja, porque en la audiencia judicial la amenazó de
muerte y hasta se resistió al arresto. El Magistrado consideró que si el imputado era
capaz de semejante actitud delante de la Justicia y la Policía, poco costaría imaginar el
peligro al que quedaría expuesta la víctimas si el el agresor era puesto en libertad. El
pedido de agravamiento de la situación del acusado le había sido requerido al juez por la
Fiscal María Eugenia Di Lorenzo,
La medida fue adoptada por el juez de Garantías Agustín Crispo a partir de los hechos
ocurridos el pasado 23 de noviembre constitutivos prima facie de los delitos de lesiones
leves calificadas por el vínculo y por violencia de género en concurso real con amenazas.
El escenario había sido una vivienda de 519 entre153 y 154 donde la policía acudió por
un llamado al 911 donde el acusado estaba en la vereda discutiendo con una mujer que
le recrminaba haberla golpeado y amenazado. "Me pegaste y me dijiste que me ibas a
matar a mi y a toda mi familia", señaló la mujer delante de la comisión policial.
Cuando intentaron hacerlo subir a un patrullero para aclarar el asunto en la comisaría,
el sujeto se negó e intentó huir, según consta en el expediente por lo que fue reducido
por los uniformados a los que intentó agredir.
De acuerdo con el relato judicial, la violencia se habría disparado en el marco de un
encuentro que el acusado y la denunciante tuvieron en la casa de un pariente donde la
mujer dijo que fue tomada del cuello, golpeada y que le arrancó la ropa al tiempo que
con una maquinita de afeitar le causó una herida en el labio. En ese contexto la mujer
llamó a la policía.
En su resolución, el juez mencionó diferentes aspectos de la legislación en el sentido que
"se entiende por violencia contra las mujeres toda conducta, acción u omisión, que de
manera directa o indirecta, tanto en el ámbito público como en el privado, basada en
una relación desigual de poder, afecte su vida, libertad, dignidad, integridad física,
psicológica, sexual, económica o patrimonial, como así también su seguridad personal".
En ese marco el magistrado hizo lugar al pedido de la Fiscal Di Lorenzo entendiendo
que "es posible concluir que la medida cautelar aquí requerida resulta -al menos por el
momento y sin perjuicio de lo que pueda resultar del avance de la investigaciónpertinente a fin de evitar en lo inmediato la reiteración de sucesos como los aquí
investigados y la posibilidad cierta de que el encartado influya sobre la víctima"

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