sábado 27 de abril de 2024 - Edición Nº3867
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Publicidad oficial: trabajarán una ordenanza para evitar nuevos casos de discriminacion

Ya no hay embargo sobre las cuentas municipales. Durante el programa Ciuadanos que se emite por Cablevisión Somos La Plata, el concejal Pro Julio Irurueta adelantó que el Concejo platense trabajará una ordenanza para evitar este tipo de discriminaciones por parte de los gobiernos municipales.


La Comuna podrá ahora volver a disponer de sus cuentas, mientras se desarrolla el juicio iniciado por dos medios de comunicación platenses que denunciaron haber sido discriminados en la asignación de publicidad oficial por parte del municipio durante la gestión anterior. En ese sentido, durante el programa Ciuadanos que se emite por Cablevisión Somos La Plata, el concejal Pro Julio Irurueta adelantó que el Concejo platense trabajará una ordenanza para evitar este tipo de discriminaciones por parte de los gobiernos municipales.

La jueza en lo Contencioso Administrativo de La Plata María Ventura Martínez dispuso el levantamiento de la medida cautelar que trababa un embargo en las cuentas de laComuna por 48 millones de pesos, y que condicionaba el normal funcionamiento del municipio.

El polémico embargo se habia realizado el 4 de agosto pasado sobre la cuenta ejecutora de libre disponibilidad de la Comuna y, tras la negativa de Martínez, titular del juzgado Nº4, de sustituir el dinero por bienes inmuebles de la Comuna, había dejado al funcionamiento del municipio en una especie de parate financiero.

En ese sentido, el 29 de agosto, dos días antes de la fecha de cobro, el intendente, Julio Garro, había advertido sobre el riesgo que corría el pago de salarios a los empleados, en el marco de esta situación y había advertido que también las obras estaban “frenadas”.

Pero luego el jefe comunal decidió pagar los salarios para priorizar a los trabajadores en detrimento de cumplir obligaciones con proveedores y pagar los servicios en tiempo y forma.

DAÑO AL INTERES PUBLICO

En la nueva resolución, que tiene fecha del 7 de septiembre, la jueza expresa que, dada la presentación que había realizado el municipio donde expone que la cuenta de libre disponibilidad embargada contenía los fondos para girar a la cuenta sueldo y a otras para el pago de distintos servicios, el mantenimiento de la norma que había dictado “puede provocar un grave daño al interés público”.

La jueza consideró que el mantenimiento del embargo podría provocar un “grave daño al interés público”

Al tiempo que desestima la presentación de nuevos inmuebles que los abogados de la Comuna habían presentado para sustituir, argumentando que”se encuentran reservados para el cumplimiento de fines públicos, no pudiendo ser objeto de embargo”.

En los considerandos de la resolución, Martínez cita los informes presentados por el tesorero general de la Comuna, Alejandro Laberne, en los que señala que la cuenta embargada está indicada como de “libre disponibilidad” y que “es la única cuenta que es utilizada por el municipio para realizar la totalidad de los pagos que se deben afrontar, incluyendo servicios, pagos a proveedores, pagos a cooperativas y, principalmente, sueldos”.

En este sentido, Laberne explica por qué compromete los salarios al indicar que “si bien existe una cuenta destinada exclusivamente al pago de sueldos de los agentes municipales, la misma no posee saldo hasta que la Dirección de Personal realice la liquidación mensual e informea la Tesorería del Municipio que debe abonar ese mes, procediendo ésta a realizar el débito desde la cuenta ejecutora”.

Y también consta de las presentaciones realizadas por la Comuna que “con la medida se ha modificado el flujo de gastos que el Municipio tenía programado, generando un gran inconveniente futuro como es el pago de sueldos de este mes, y asimismo dudas con respecto al pago de cooperativas, como del complementario de sueldos, produciendo no sólo un perjuicio para los proveedores y toda la ciudadanía sino también un grave problema para las arcas municipales”.

A estas argumentaciones, la magistrada las consideró “sobrevinientes, fundadas y diferentes” de las anteriores.

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