domingo 16 de junio de 2024 - Edición Nº3917
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No respires: con el voto de Juntos se aprobó el Código de Convivencia con multas que dolerán

Venta ambulante, ruidos molestos, sacar basura fuera de horario, hacer piquetes, Último Primer Día y tirar el pucho o el papel del alfajor.


El Concejo Deliberante de La Plata, sancionó, con el único voto del macrismo y sus aliados en Juntos,  el nuevo código de convivencia urbano propuesto por el intendente Julio Garro. Se votó en un clima tenso, con organizaciones sociales protestando fuera del palacio municipal y la oposición peronista denunciando que se violan derechos constitucionales, como el derecho a la protesta.

En votación nominal el Código se aprobó con la manos arriba de los 13 concejales del macrismo, los radicales y su aliado del GEN, en tanto que fue rechazada de plano por los diez concejales del Frente de Todos. Según se informó, la ordenanza entrará en vigencia en 180 días.

La norma fue defendida en el recinto por la presidenta de la Comisión de Seguridad, Romina Cayón, quien negó que se trate del Código del intendente Julio Garro y enumeró varios de los cambios que se incorporaron al proyecto original a partir de la participación de distintos sectores. Mencionó la eliminación de la sanción con arresto y reemplazo por el trabajo comunitario y los talleres de concientización.

"Que yo tenga derecho a protestar no implica que cercene el derecho a circular de nadie", dijo.
Por su parte, su compañero de bancada Javier “Mor Roig destacó dijo que "esto permite tener un código dónde los ciudadanos podamos tener una sana convivencia, dónde se interpreten y defiendan los derechos de todos los ciudadanos".

Desde el Frente de Todos Ana Castagneto dijo que "esto es un Código Contravencional con multas impagables". "La mirada de este código es de clase media cascocentrista. Tenemos que reconocer las desigualdades. No se ven ordenanzas para los sectores que van a ser duramente afectados", consignó Yanina Lamberti.

Guillermo Nano Cara, señaló que no acompañaron este código “porque no se consensuó con la sociedad ni hay unanimidad en el recinto. Presentaremos mejor momento una propuesta superadora".

MULTONES DE NOVELA

Quema de neumáticos: "El que incinerare neumáticos, objetos plásticos u otros que por su composición produzcan gases tóxicos, será sancionado con una multa con de 50 a 2000 módulos. Podrá disponerse además, la clausura y/o inhabilitación del o los locales comerciales, industriales o de cualquier otra naturaleza donde se origine. Cuando dicha conducta fuera desplegada por partidos políticos, Asociaciones gremiales, Asociaciones civiles, Organizaciones no gubernamentales, o agrupación de personas, se aplicará una multa de 100 a 2000 módulos, al ente que corresponda".


Ruidos molestos: Se consideran los ruidos y vibraciones como una forma de energía contaminante del ambiente por eso y se mencionan a los "articulares que estimulen o provoquen ruidos molestos, cualquiera sea su origen, fuentes móviles o fijas, provocados por automóviles o equipos de sonido, perturbando la tranquilidad o reposo de la población. Pero también a "los titulares o conductores que posean y/o circulen e vehículos con equipos de sonido modificados, conocidos como audio Car o similares, y estando estos activados causando, produciendo y/o estimulando ruidos molestos en la vía pública entre las 22:00 hs y las 6:00".

Manifestaciones: De acuerdo a la interpretación del oficialismo se busca el equilibrio entre el derecho a manifestar y el derecho a circular, buscando garantizar el primero sin que se impida el normal desarrollo del tránsito. En ese punto hay un cambio respecto al proyecto original que era más duro con los manifestantes. "Las manifestaciones y/o movilizaciones deberán procurar no impedir el normal desarrollo del tránsito vehicular de la ciudad. En caso de que en razón de la cantidad de personas participantes sea necesario la utilización de la calzada, la misma deberá ser ocupada acorde a la dimensión de la manifestación y permitiéndose la libre circulación por los carriles restantes. Queda expresamente prohibido obstaculizar totalmente los carriles de circulación así como aquellos destinados al transporte público", dice el artículo en cuestión. Y agrega que "el Departamento Ejecutivo podrá habilitar una excepción a este supuesto, en los casos de manifestaciones multitudinarias en las cuales no sea posible otra alternativa".

Último Primer Día (UPD): "Serán sancionados con multa de 50 a 600 módulos y/o trabajo comunitario durante un máximo de 60 días, los padres, tutores o guardadores de menores de edad, por los daños que éstos causaren en el espacio público municipal, con motivo de los festejos de inicio o finalización del año lectivo o en el contexto escolar. Se dispondrá la obligación de volver al estado anterior, los bienes o espacios afectados al estado anterior, debiendo además brindarse en las instituciones de pertenencia de los alumnos, jornadas educativas al efecto".
Puchos: se establece que "el que fume y/o arroje colillas o restos de cigarrillos dentro de los espacios de juegos o circuitos deportivos existentes en parques, plazas u otros espacios públicos, será sancionado con multa de 5 a 50 módulos".

Acoso callejero: En los artículos 217 y 218 del proyecto se establece que "quien mediante hostigamiento, maltrato o intimidación, afecten la dignidad, la libertad, el libre tránsito y el derecho a la integridad física o moral de las personas, por motivo de su condición de género, identidad y/o orientación sexual, en espacios públicos o espacios privados con acceso público, siempre que estas acciones no configuren delito, será sancionado con multa de 1000 a 2500 módulos y la realización de un curso con una carga horaria de 8 hs.". Conductas que tendrán sanciones más duras cuando la víctima fuere una mujer, personas no binarias o miembros del colectivo LGBT+, fuera menor de edad, sea realizado por dos o más personas o se realice mediante la propagación de imágenes o grabaciones no consentidas.

Maltrato animal: El Código contempla sanciones a quien que maltrata, violenta, mutila, golpea o cercena la integridad física de un animal, sin importar la especie, pero también a quien no junta la materia fecal de la vía pública. También menciona sanciones para los que abandonen animales en un espacio público o privado, a quien los confine en espacios inadecuados para su bienestar físico y/o emocional o menoscabe la integridad de un animal, ya sea por pintarlo o teñirle el pelo. Las sanciones se extienden a quien deje atado o amarrado, dentro de su domicilio o en el espacio público, un animal doméstico de manera injustificada por un período de tiempo que se pueda considerar perjudicial para su bienestar y a quien deje desamparado a un animal en la vía pública luego de atropellarlo, intencionalmente o no. Finalmente, en un tramo que podría genera polémica porque afecta a la actividad de los carreros, e incluye como una conducta sancionatoria al uso de vehículos con tracción a sangre.
Venta ambulante: el artículo 219 del proyecto despachado este jueves sanciona a quien vende "de manera ambulante en el espacio público, cualquier producto sin importar la naturaleza, excepto los autorizados específicamente, conforme lo dispuesto en las ordenanzas vigentes en la materia", así como la "realización de ventas en forma ambulante con mercaderías o muestras con propósitos comerciales, sin que sus propietarios posean el permiso, inscripción o comunicación exigibles, o de mercaderías u objetos distintos a los que se hubiere permitido o cuya comercialización fuere prohibida".

También se incluyen sanciones para la venta ambulante mediante el empleo de vehículos o elementos no aptos para tal fin, o diversos de los habilitados. Y "la ocupación de la vía pública con mercaderías o muestras, con propósitos comerciales, sin que sus propietarios posean el permiso, inscripción o comunicación exigibles, o excediendo los límites autorizados; o de mercaderías u objetos distintos a los que se hubiere permitido comercializar".

Además se incluye sanción para "el ofrecimiento a viva voz de cualquier producto, o el empleo de adminículos sonoros destinados a llamar la atención del público".

 

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