miércoles 24 de abril de 2024 - Edición Nº3864
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La chancha y los veinte: la senadora Beccar Varela propone que el Campo no pague inmobiliario complementario

La senadora provincial de Juntos Felicitas Béccar Varela presentó un proyecto de ley en la Cámara Alta que busca modificar los pisos de facturación de Ingresos Brutos de la comunidad agropecuaria y eliminar el Impuesto Inmobiliario Complementario.


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La senadora provincial de Juntos Felicitas Béccar Varela presentó un proyecto de ley en la Cámara Alta que busca modificar los pisos de facturación de Ingresos Brutos de la comunidad agropecuaria y eliminar el Impuesto Inmobiliario Complementario. La iniciativa busca homogeneizarlos con la categoría “pequeña” de la escala de facturación de MIPyME propuesta por la Secretaría de Mediana Empresa, logrando de esta forma una actualización anual automática que contemple la inflación.

Beccar Varela, quien preside la Comisión de Asuntos Agrarios en el Senado bonaerense, señaló: “Si se suman los impuestos nacionales, provinciales y municipales, la presión impositiva actual para el sector agropecuario puede ser considerada confiscatoria. En el caso de los impuestos provinciales, explican alrededor del 25% de dicha presión fiscal, y ese número aumenta cada vez que se posponen las actualizaciones de los topes de facturación”.

Y agregó: “En un contexto inflacionario como el actual, la falta de actualización de los topes de facturación a partir de los cuales los contribuyentes tienen que pagar Impuesto a los Ingresos Brutos, genera que cada vez más productores de menor escala tengan que tributar por dicho impuesto, incluso cuando tanto la facturación, cómo los costos aumentan por efecto de la inflación y no por una mejora real de las condiciones del negocio”.


En cuanto a la eliminación del Impuesto Inmobiliario Complementario, la senadora destacó el amplio debate que existe entre tributaristas sobre la legalidad de este impuesto, siendo considerado el componente complementario como un impuesto personal, a diferencia del Impuesto Inmobiliario que es real. En efecto, el Impuesto Inmobiliario Complementario es el que se abona por cada conjunto de inmuebles de una misma planta (baldío, edificado, rural), atribuibles a un mismo contribuyente y no la determinación catastral de cada una de las parcelas de tierra como sí sucede con el Impuesto Inmobiliario.

Al respecto, Béccar Varela manifestó: “En la práctica termina siendo un impuesto regresivo, porque no se calcula en relación a la cantidad de superficie de las parcelas, sino a la cantidad de unidades, existiendo muchos casos de productores pequeños o medianos, que por subdivisiones tienen la titularidad de varias parcelas pequeñas, pero igualmente tienen que abonar el tributo complementario, siendo éste muchas veces de un importe mayor que el propio impuesto inmobiliario”.

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